Los padres de Juan Ramón se han llevado una ‘alegría’ tras más de seis años de sufrimiento. Su hijo fue atropellado cuando circulaba en bicicleta en agosto de 2004 por una céntrica calle de Tarifa (Cádiz). La Justicia consideró que el pequeño, que entonces tenía 11 años, era responsable del siniestro, y que a sus padres les correspondía pagar los costes del proceso judicial, ya que denunciaron, además de los daños del vehículo que atropelló a su hijo.

Ahora, un abogado ha conseguido que se les perdone la deuda. La compañía Mapfre, aseguradora del turismo que se vio implicado en el atropello del pequeño, ha aceptado no cobrar sus gastos judiciales (abogado y procurador) además de la reparación realizada en el vehículo de su cliente. La factura, incluidos intereses de demora, superaba los 20.000 euros, pero ahora ya los padres de Juan Ramón no tendrán que pagarla.
Email reclamaciones accidentes: correo@accidentestrafico.es

ACCIDENTES DE TRAFICO. Desgraciado incidente: Muere un niño de 6 años atropellado accidentalmente por su madre
El menor, que iba en una minimoto, se incorporó a un camino y se cruzó con el todoterreno que conducía su progenitora.
La Guardia Civil investiga la muerte de un niño de 6 años que fue atropellado por su madre cuando él circulaba en una minimoto y ella en un pequeño todoterreno, en un accidente ocurrido a mediodía de ayer en una finca privada del municipio ibicenco de Sant Antoni de Portmany.
El incidente ocurrió alrededor de las 13.00 horas cuando el menor que iba en un biciclo a motor se incorporó a un camino y se cruzó con el ‘boogie’ que conducía su madre, según ha informado el instituto armado. El padre del niño lo trasladó al Hospital de Can Misses donde ya ingresó cadáver.
La finca donde ocurrió el accidente se encuentra situada en la zona de Sa Forada de Sant Antoni de Portmany.

Tres mujeres y una niña implicados en accidente trafico en Torremolinos.
Cuatro personas han resultado heridas ayer en un accidente de tráfico que tuvo lugar en el casco urbano de Torremolinos. Entre las víctimas hay una niña de seis años que fue trasladada al Hospital Materno con un traumatismo craneoencefálico, según informaron fuentes cercanas al caso.
El siniestro ocurrió a las 19.00 horas en la calle Antonio Márquez Muñoz, a la altura del parque de Bomberos. Por causas que se desconocen, el vehículo en el que viajaban las heridas sufrió un vuelco. Resultaron lesionadas con politraumatismos tres mujeres, dos de 50 años y una de 38, así como la menor.

vazquezabogados
Nos remiten esta interesante sentencia sobre la posibilidad de reclamar una mayor indemnización en accidentes de trafico por lucro cesante. Mas info: teléfono 952215859

Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2010

Las víctimas de accidentes de tráfico serán indemnizadas por lucro cesante

Esta sentencia supone un importante logro para las víctimas de accidentes de tráfico que desde hacía décadas venían reivindicando la reparación “integral” del daño del que son víctimas, incluyendo el llamado lucro cesante o, lo que es lo mismo, la indemnización de la ganancia que a partir de su nueva situación van a “dejar de obtener” y que, precisamente, es el derecho que ahora se les reconoce.

Al recurrente en este proceso se le reconoció una incapacidad permanente absoluta tras ser víctima de un accidente de tráfico, y se le concedió una indemnización que no tenía en cuenta su pretensión de resarcimiento por lucro cesante; ante esta situación interpuso un recurso de casación fundado en el hecho de que no se le estaban indemnizando los perjuicios derivados de su imposibilidad de trabajar para cualquier profesión cualificada que, según el propio recurrente, eran muy superiores a los compensados por el factor de corrección previsto en el baremo que la Ley de circulación prevé para estos supuestos; tanto la sentencia de primera instancia como la de apelación entendieron que esa cantidad ya estaba comprendida en los conceptos indemnizatorios establecidos en el baremo.

Ahora el Tribunal Supremo da la razón al recurrente y abre una nueva vía para que las víctimas de los accidentes de tráfico vean resarcido ese lucro cesante cuando no resulte compensado por la aplicación de otros factores de corrección y que además será compatible con el factor de corrección por perjuicios económicos.

SENTENCIA

Excmos. Sres.:

D. Juan Antonio Xiol Ríos

D. Xavier O’Callaghan Muñoz

D. Jesús Corbal Fernández

D. Francisco Marín Castán

D. José Ramón Ferrándiz Gabriel

D. José Antonio Seijas Quintana

D. Antonio Salas Carceller

D.ª Encarnación Roca Trías

En la Villa de Madrid, a veinticinco de marzo de dos mil diez.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación que con el número 1741/2004, ante la misma pende de resolución, interpuesto por la representación procesal de D. J. L. C. C., aquí representado por el procurador D. J. I. N. A., contra la sentencia dictada en grado de apelación, rollo número 221/2004 por la Audiencia Provincial de Asturias de fecha 9 de junio de 2004, dimanante del procedimiento ordinario número 169/2003 del Juzgado de Primera Instancia de Pravia. Habiendo comparecido en calidad de recurridas Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros, aquí representada por el procurador D. Federico J. Olivares de Santiago y la Comunidad hereditaria de D. R. D. P., aquí representada por el procurador D. C. H. S..

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.—El Juzgado de Primera Instancia de Pravia dictó sentencia de 4 de diciembre de 2003 en el procedimiento de juicio ordinario n.º 169/2003, cuyo fallo dice:

“Fallo.

“Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Díez de Tejada, en nombre y representación de D. J. L. C. C. debo condenar y condeno a los demandados Comunidad hereditaria de D. R. D. P. y la Cía. de Seguros Zurich S. A. a que abonen conjunta y solidariamente a la actora en la suma de 28 823,17 euros, a los que se sumarán los intereses legales, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad”. Continuar leyendo »

Si ud ha sufrido un accidente y necesita ayuda para reclamar la maxima indemnizacion posible contacte al email:

correo@accidentestrafico.es

O al telefono 668892424

Acaba de publicarse el Baremo del año 2011 que se utiliza para calcular el importe de las indemnizaciones por daños y perjuicios, fallecimiento, invalidez, lesiones, dias hospitalarios e impeditivos, etc.

Puede consultarlo en este link de www.vazquezabogados.es

Hoy celebramos el Dia Mundial de las Victimas de Accidentes de Trafico, para concienciar de los graves problemas que plantea a los accidentados y sus familiares incluimos el testimonio de un accidentado en silla de ruedas tras picarse con otro vehiculo y caer en un barranco.

“Me dirigía a Segovia. En un adelantamiento, dos coches nos picamos y echamos a correr. Que si el mío es más rápido, que si el mío es mejor, que si no te dejo pasar, que si te cierro… Salí volando por un barranco y un árbol me frenó”. Aquel día, el 4 de noviembre de 2000, el cóctel de imprudencia y exceso de velocidad no solo precipitó por aquel terraplén la furgoneta de Lázaro Rodríguez: “Volaron mi vida y mis proyectos, se rompió mi futuro”. El otro conductor salió ileso.

Cuando despertó en la UVI del hospital de parapléjicos de Toledo, dos meses y medio después del accidente, Rodríguez, que entonces tenía 32 años, ya sabía que no iba a volver a andar. Es tetrapléjico, pero su lesión es incompleta y ha podido recuperar “bastante movilidad en las manos”.

“Soy afortunado”, afirma con una sonrisa. “Puedo vivir solo, me valgo por mí mismo, tengo a mi familia y a mis amigos… La vida es muy bonita como para no vivirla”, añade, mientras entorna sus ojos levemente, como si reflexionara por un instante en lo que acaba de decir. Y vuelve a sonreír.

Pero su vida no es la de antes. “Reconstruirla fue muy duro, porque tienes que volver a aprender a vivir”. Después de siete meses de rehabilitación y terapia en el centro toledano, tuvo que enfrentarse a la cruda realidad. “En el hospital las instalaciones están preparadas para las personas que vivimos en una silla de ruedas, pero cuando sales todo son problemas”, señala.

Sobre todo las barreras arquitectónicas “a la hora de trabajar, de salir de ocio o de hacer turismo”. Y hay gestos sencillos que podrían facilitar su vida. Como no aparcar los coches sobre las aceras. “Me veo obligado a ir por la carretera, así que corro el riesgo de que me atropellen”, se queja.

Su empeño ahora es que nadie más tenga que pasar por lo que él ha pasado, que nadie cometa “la locura” que él cometió. Por eso, Rodríguez, que antes del accidente se dedicaba a la construcción, trabaja en la Asociación para el Estudio de la Lesión Medular Espinal. “Doy cursos de prevención en colegios, institutos y universidades, y conferencias en los cursos de recuperación de puntos del carné”, explica.

Ha vuelto a conducir con un coche adaptado a su lesión, y lo hace “sin ningún tipo de miedo”. Tan solo se asusta cuando ve que alguien corre y “se pica” en la carretera, “por las consecuencias que puede acarrear”.

El exceso de velocidad es la principal causa de accidentes. “Hay conciencia sobre el uso del cinturón y sobre el alcohol, pero la velocidad es una asignatura pendiente”, explica el director de la Dirección General de Tráfico, Pere Navarro.

Aprobar esa asignatura pendiente es uno de los requisitos para lograr el “objetivo de cero víctimas”, que hoy reclaman varios colectivos con motivo del Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de la Violencia Vial, que se celebra cada tercer domingo de noviembre y que Naciones Unidas institucionalizó en octubre de 2005.

“No aceptamos que los siniestros de tráfico sigan siendo la primera causa de muerte de la juventud”, reza el manifiesto de la asociación de víctimas Stop Accidentes, que exige, entre otras medidas, el cumplimiento íntegro de las penas impuestas por delitos de tráfico, y pide protección para los usuarios más vulnerables -como peatones o conductores de vehículos de dos ruedas-, que constituyen cerca de la mitad de la cifra total de fallecidos.

Según la Organización Mundial de la Salud, más de 1,3 millones de personas pierden la vida cada año -más de 3.500 al día- como consecuencia de siniestros de tráfico, y más de 50 millones resultan heridas. Rugido Skjelbred Larsen, presidente de TISPOL, la policía europea por la seguridad vial, cifra en 35.000 el número de víctimas mortales en el continente.

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El primer hombre capaz de conducir con un brazo biónico que controlaba mentalmente murió el jueves, después de sufrir un accidente de tráfico cerca de la ciudad de Graz, al sur de Austria, informaron hoy fuentes médicas. Christian Kandlbauer, de 22 años, había perdido ambos brazos en un accidente industrial en 2005 y desde hacía un año vivía con la prótesis “Mano Sensible”, el primer prototipo accionado mentalmente que le permitía incluso tener sensibilidad en un dedo de su “mano” izquierda gracias a una serie de microrreceptores.
Desde el pasado martes, el joven se encontraba en estado crítico en el hospital de Graz debido a un traumatismo cerebral producido por un accidente de coche cuando acudía a su trabajo en la localidad de Wassertatt. La policía sostiene que el accidente se produjo por un exceso de velocidad que llevó a su vehículo a salirse de la carretera y chocar con un árbol. Tanto los médicos como la policía consideran imposible saber si en el accidente tuvo algo que ver su brazo artificial.
Kandlbauer había conseguido su carné de conducir para un coche automático con algunas pequeñas modificaciones para adaptarlo a su situación, ya que, además de la prótesis “inteligente”, llevaba otra normal en el brazo derecho.
El brazo biónico desarrollado por la compañía austríaca Otto Bock y varias universidades del país funcionaba por medio de unos microchips que recibían en su pecho los impulsos de los nervios encargados del movimiento manual y que transformaban esa información en órdenes para accionar la prótesis. Para que el cerebro comprendiese a su vez los mensajes eléctricos que recibía, estos eran convertidos previamente por otro microchip en los estímulos nerviosos correspondientes.
“Siento una agradable presión de mano”, dijo tras recibir un apretón de manos Kandlbauer en noviembre pasado, cuando se le implantó la novedosa prótesis. “Cuando no has sentido nada durante cuatro años y de repente vuelves a sentir, es una sorpresa”, indicó.
En 2005 el joven perdió ambos brazos al sufrir una descarga de 20.000 voltios en la misma empresa en la que trabajaba actualmente y a la que iba a acudir para cumplir con su jornada laboral el día del accidente.

ATROPELLO ACCIDENTE TRAFICO FALLECIMIENTO MUJER

Incluimos video de la noticia del fallecimiento de una mujer fallecida en un paso de peatones tras atropello, y que tras realizarle una cesarea han podido salvar a su hijo, aunque el bebe se encuentra muy grave en el hospital.

Todo el peso de la ley debe caer sobre el responsable del atropello, y se deben tomar medidas para evitar que sucedan hechos tan graves.

ACCIDENTE TRAFICO SENTENCIA LUCRO CESANTE

El Tribunal Supremo (TS) establece en una sentencia que las víctimas de un accidente de tráfico deben ser compensadas con una cantidad adicional por las ganancias que van a dejar de obtener en su trabajo como consecuencia de ese siniestro el llamado lucro cesante, al margen de la indemnización por los daños sufridos en el siniestro. En el dictamen, que crea jurisprudencia, el alto tribunal entiende que la compensación económica prevista para las secuelas de un accidente “no contempla los perjuicios derivados de la imposibilidad de volver a trabajar” para cualquier profesión cualificada. A juicio del TS, en determinados casos estos daños “son muy superiores” a los contemplados en el Baremo Español de Indemnizaciones. Este baremo, que se redactó en 1995, es con el que actualmente se establece qué indemnización reciben las víctimas de un accidente de tráfico de acuerdo a la gravedad de los daños que ha sufrido. El baremo contempla, por ejemplo, que se obtendrá determinada cantidad por perder un ojo o una pierna en un accidente de tráfico. Ahora, el Tribunal Supremo establece que siempre que la aplicación de los factores de corrección por perjuicios económicos o por incapacidad permanente que figuran en el baremo no baste para compensar el lucro cesante, “es posible acudir a otro concepto indemnizatorio”. Consecuencias económicas Es decir, no se indemnizará sólo la pérdida de un ojo, por ejemplo, sino las consecuencias económicas que puede tener esa pérdida en la labor profesional de una persona. Esto será posible siempre que se haya probado debidamente la existencia de un grave desajuste entre la indemnización y el lucro cesante realmente padecido. El caso que ha motivado este fallo surgió a raíz de un conductor que demandó a los herederos del culpable del siniestro en el que se vio implicado en 2000. Desde entonces, sufre una incapacidad que le impide trabajar.

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ACCIDENTES DE TRAFICO

Ampliando la informacion de nuestra noticia anterior llamamos la atención que Cuarenta de los 76 niños fallecidos en accidentes de tráfico registrados en la red viaria española durante el ejercicio 2008 no hacían uso de los sistema de retención o protección exigidos por Ley, balance que ha provocado que los fiscales de seguridad vial hayan consensuado actuar contra los conductores en los casos de accidentes con lesiones o fallecimiento de un menor enmarcados en dichas circunstancias, que pueden ser acusados de sendos delitos de homicidio o lesiones imprudentes.

Durante su relato de las conclusiones de las Jornadas Anuales de Seguridad Vial que se celebraron en el Hostal de los Reyes Católicos de Santiago, Bartolomé Vargas Cabrera, fiscal de Sala de Seguridad Vial en Madrid, insistió en que la “sanción penal es el último recurso”, pero recordó que el conductor es el “garante” respecto de los menores sin discernimiento o capacidad para ponerse el cinturón o utilizar el sistema de protección.

Vargas Cabrera especificó, además, que si el conductor afectado es una persona unida al niño por vínculos “parentales y tuitivos”, que generan obligaciones específicas de velar por él, los incumplimientos detectados serán remitidos al fiscal de la Sala Coordinadora del Menor.

“Existen deberes de actuación que, a base de formación y concienciación, pueden y deben cumplirse”, sostuvo Bartolomé Vargas, aunque también puntualizó que los fiscales especializados en la materia sólo se plantearán este tipo de intervenciones cuando realmente tengan constancia de que los conductores implicados no garantizaron la integridad de un menor que aún no puede discernir.

El medio centenar de fiscales que asistieron a las jornadas celebradas en Compostela también abordaron las responsabilidades de funcionarios municipales que no dan parte a la Dirección General de Tráfico (DGT) de la detracción de puntos del carné a conductores de sus ayuntamientos, lo que, según matizó Vargas Cabrera, incrementa la “inseguridad vial en esos municipios”, así como “la discriminación” respecto a otros conductores que sí son sancionados.

El fiscal de Sala de Seguridad Vial en Madrid precisó, en este sentido, que debemos “intervenir cuando, de manera consciente, un alcalde o un funcionario se niega a elevar puntos a la Jefatura de Tráfico”, lo que puede considerase, según subrayó, una “prevaricación omisiva” en el caso del que pudiendo, y de forma deliberada, “no quiera hacerlo”.

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